Pagos menores a $29,000 al sector primario: Sin cheque nominativo

Facilidad para efectuar pagos a inferiores a $29,000 a personas del sector primario.

De acuerdo con lo establecido en la Regla de Facilidades Administrativas 2004 1.15., las personas físicas o morales que efectúen pagos a contribuyentes dedicados exclusivamente a actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o pesqueras, cuyo monto no exceda de $29,000 a una misma persona en treinta días, estarán relevadas de efectuarlos con cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito o de servicios, o a través de los monederos electrónicos que al efecto autorice el SAT. Cabe aclarar que esta regla no exime de cumplir con el requisito de contar con el comprobante fiscal correspondiente para efectos de deducir dicha erogación; sin embargo, facilita la realización de los pagos a las personas del sector primario quienes en ocasiones no tienen acceso a una institución de crédito en donde puedan abrir una cuenta y efectuar los depósitos. La regla mencionada fue publicada en el Diario Oficial de la Federación de mayo 19, 2004.

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