Adición al Reglamento Interno de la SHCP

Se adicionan facultades en materia de administración de recursos.

A través de una adición al Reglamento Interno de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se otorgan facultades al Oficial Mayor y a la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto, en materia de administración de recursos, tal como se señala a continuación: ARTÍCULO ÚNICO.- Se ADICIONAN una fracción VI Bis al artículo 8 y una fracción VII bis al artículo 66, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para quedar como sigue:“Artículo 8. (…)I. a VI. (…)VI Bis. Ejercer, reembolsar, pagar y contabilizar el presupuesto de las Subsecretarías, la Tesorería de la Federación, la Procuraduría Fiscal de la Federación y las demás unidades administrativas de la Secretaría, así como solicitar a la Tesorería de la Federación la ministración de recursos que correspondan;VII. a XXVI. (…)(…)Artículo 66. (…)I. a VII. (…)VII Bis. Auxiliar al Oficial Mayor en el ejercicio, reembolso y pago del presupuesto de las Subsecretarías, la Tesorería de la Federación, la Procuraduría Fiscal de la Federación y las demás unidades administrativas de la Secretaría; y solicitar a la Tesorería de la Federación la ministración de recursos que correspondan;VIII. a XIII. (…)(…)”TRANSITORIOÚNICO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.Dado en la Residencia Oficial del Poder Ejecutivo Federal, Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintisiete días del mes de mayo de dos mil cuatro.- Vicente Fox Quesada.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, José Francisco Gil Díaz.- Rúbrica. Puedes consultar las publicaciones del Diario Oficial de la Federación, relacionadas con el ámbito fiscal en nuestra sección "Descargas" en la categoría "Publicaciones en el DOF".

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