Limitante de un mes de salario sobre PTU

Aplica a patrones dedicados exclusivamente a actividades correspondientes.

El Artículo 127 fracción III de la Ley Federal del Trabajo establece que el monto de Participación en las Utilidades de los Trabajadores (PTU) está topado a un mes de salario tratándose de aquellos trabajadores al servicio de personas cuyos ingresos deriven exclusivamente de su trabajo, y el de los que se dediquen al cuidado de bienes que produzcan rentas o al cobro de créditos y sus intereses.

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