Disposiciones sobre la declaración anual: A 8 días de su vencimiento

Se publican disposiciones en el portal del SAT que estarán vigentes hasta que se publiquen en el DOF.

A ocho días de que venza el plazo para presentar la declaración anual de las personas físicas por el ejercicio 2003, y ya cuando algunos contribuyentes han cumplido con esta obligación, el SAT emitió el 22 de abril de 2004, una serie de disposiciones relacionadas son la presentación de la misma. Dichas disposiciones, contenidas en la XIV Resolución de Modificaciones a la Miscelánea 2003, fueron publicadas a través de la página de Internet de esa institución, pero tal y como lo establece el Artículo Primero Transitorio de dicha resolución, las disposiciones mencionadas entrarán en vigor al día siguiente de aquel en que sean publicadas en el Diario Oficial de la Federación, por lo cual hasta entonces tendrán vigencia legal.Es razonable pensar que los contribuyentes, para tener seguridad jurídica, requieren que las normas fiscales sean estables durante un período de unos dos meses previos a la fecha de vencimiento de la obligación. Hacerlo como en el presente caso, induce al contribuyente a que no pueda tener la tranquilidad de saber si está cumpliendo cabalmente con sus obligaciones, lo cual no se conlleva con un estado de derecho al que se aspira permanentemente. Hacer los cambios y comunicaciones con oportunidad adecuada contribuirá, sin duda, a hacer más confiable nuestro sistema fiscal. Para consultar las disposiciones contenidas en dicha resolución, consulta nuestra nota "XIV Modificación a la Miscelánea Fiscal 2003", publicada el 22/Abr/04 en esta misma sección.

Acceso libre expirado

¡Lo sentimos! El período de acceso libre a la lectura de esta publicación ha terminado. Te invitamos a que te suscribas a Fiscalia y no te quedes sin acceso a esta útil información.