Requisitos para la deducción de una avioneta como inversión

Además de la autorización fiscal, debe comprobarse que el bien se utiliza por necesidad especial de su actividad.

Una tesis ilógica y desatinada es la que emitió la Sala Regional del Centro I del TFJFA, en donde se dice que: “se advierten como requisitos para la deducción de una avioneta como inversión, además de la previa autorización de la autoridad fiscal, que el contribuyente compruebe (a posteriori, necesariamente) que dicho bien se utiliza por necesidad especial de su actividad.”

Acceso libre expirado

¡Lo sentimos! El período de acceso libre a la lectura de esta publicación ha terminado. Te invitamos a que te suscribas a Fiscalia y no te quedes sin acceso a esta útil información.