Casos en que proceden multas múltiples

Cuando el contribuyente haya incurrido en dos conductas de omisión, como son: no pagar el impuesto al comercio exterior ni el IVA.

Cuando por un acto u omisión se infrinjan diversas disposiciones fiscales y las mismas contemplen varias multas, sólo se debe aplicar la que corresponda a la infracción cuya multa sea mayor. Sin embargo, dicho beneficio no es aplicable cuando el contribuyente haya incurrido en dos conductas de omisión.

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