Aclaración del Infonavit en Relación con Descuentos a Trabajadores

Aclara Infonavit confusiones con respecto a la aplicación de tasas de descuento inferiores a las de Ley.

Debido a algunas confusiones con respecto a la aplicación del acuerdo del H. Consejo de Administración del Infonavit No. 44782, en el que el Instituto otorgaba la facilidad de aplicar tasas de descuento inferiores a las de Ley, dicho instituto ha publicado un aviso en el Diario Oficial de la Federación, con fecha 24 de noviembre de 2003. De ese aviso se desprende que a partir del 1° de enero de 2004, los importes de descuento que aparezcan en las cédulas del Infonavit, serán los descuentos que se deberán efectuar a los trabajadores. Así mismo, se señala que no les son aplicables las tasas de descuentos menores indicadas en dicho acuerdo a los créditos otorgados después de enero 31, 1998. Sin embargo, el Instituto considerará como válidos los pagos efectuados por los períodos anteriores al 1° bimestre de 2004, aún cuando a estos se les hubiera aplicado la tasa de descuento menor. A continuación se reproduce el aviso: "AVISO A LOS PATRONES SUJETOS AL REGIMEN DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, OBLIGADOS A EFECTUAR RETENCION DE DESCUENTOS PARA LA AMORTIZACION DE CREDITOS DE VIVIENDA.

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