Dos momentos a considerar para resolver las consultas fiscales

Cuando ocurrieron los hechos motivo de la consulta y cuando se contesta.

Las autoridades están constreñidas a resolver las consultas conforme a la legislación aplicable en el momento en el que aconteció dicha situación real y concreta, en aras de respetar el principio de no aplicación retroactiva de la ley.

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