No más relación de 80% de proveedores

En trámites de devolución o compensación de saldos a favor de IVA.

Hasta el 24 de mayo de 2011 los trámites de devolución y compensación de IVA se debían presentar anexando una relación de la información de los proveedores que representaran al menos el 80% del valor de las operaciones, así como la totalidad de las operaciones de comercio exterior.

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