LFPCA no aplica a demandas anteriores a 2006

Juicios iniciados antes de 2006 deben tramitarse con apoyo en el Código Fiscal de la Federación.

La Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo entra en vigor el 1 de enero de 2006, y en sus disposiciones transitorias establece claramente que los juicios iniciados con anterioridad a esa fecha deben sustanciarse con las disposiciones jurídicas vigentes al momento en que se presentó la demanda de nulidad.

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