Plazo para Reunir Requisitos de Deducciones Fiscales

Aspectos sobre requisitos de deducciones a considerar hacia el término del ejercicio.

De acuerdo con lo establecido por la fracción XIX del artículo 31 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, los requisitos que deben cumplirse para que un gasto sea deducible son los siguientes: A más tardar el 31 de diciembre se reúnan los requisitos que para cada deducción en particular establece la Ley Tratándose de los comprobantes fiscales éstos se obtengan a más tardar el día en que el contribuyente deba presentar su declaración Respecto de las retenciones y de los pagos a extranjeros, por salarios, y a causantes del IVA, los mismos se realicen en los plazos que al efecto establecen las disposiciones fiscales para cada uno de los conceptos, y la documentación comprobatoria se obtenga en dicha fecha Tratándose de las declaraciones informativas que condicionan deducciones, deberán presentarse en los plazos que al efecto establece el artículo 86 y contar a partir de la fecha respectiva con la documentación comprobatoria correspondiente También se indica para las personas morales que la fecha de expedición de la documentación comprobatoria de un gasto deducible deberá corresponder al ejercicio por el que se efectúa la deducción. Sobre este punto es importante hacer dos consideraciones: Esta disposición únicamente se refiere a gastos, no a inversiones o adquisiciones Existen reglas específicas que limitan la deducción de un gasto al pago efectivo del mismo, por lo que habría que considerar que para estos casos la fecha de la deducción no necesariamente deberá coincidir con la fecha de expedición del comprobante, en razón de que la regla específica se aplica en lugar de la regla general Tratándose de personas físicas con actividad empresarial o profesional y de quienes perciban ingresos por arrendamiento, enajenación y adquisición de bienes, un requisito para la deducción de los gastos es que en el ejercicio de la deducción estos estén efectivamente erogados. En este caso de los gastos, la fecha del comprobante y la del pago deben corresponder al mismo ejercicio.

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