INPC para el SUA Calculados por el IMSS: Ilegales e Incorrectos

Falla del IMSS en el cálculo del INPC para el SUA provoca que patrones paguen actualización improcedente.

A partir del mes de julio de 2002, el Banco de México cambió la base de cálculo del Indice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) por una nueva en la que el índice de la segunda quincena de julio de 2002 será la base de 100. Ahora bien, la actualización de las contribuciones al IMSS que se pagan de forma extemporánea son automáticamente calculadas por el SUA, sistema computacional utilizado para el pago de cuotas. Este sistema cuenta con una base de datos de INPC que no permite la alimentación de un valor inferior al último índice alimentado, por lo que no es posible, en éstos términos, alimentar los nuevos valores del INPC. El Instituto Mexicano del Seguro Social ha señalado que será necesario convertir la base nueva a la base anterior para efectos de poder alimentar estos datos en el SUA, y para esto, la Coordinación de Cobranza en forma mensual dará a conocer el valor de dicha conversión, a fin de que se alimente al SUA. El Código Fiscal de la Federación, en sus artículos 17-A y 20, establece que para calcular la actualización de una contribución, se aplicarán los índices publicados por el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, por lo que Fiscalia considera que el utilizar un índice no emitido en estos términos, no es válido legalmente. Además de lo anterior, esta situación se presta a la aplicación de índices incorrectamente calculados por el IMSS como es el caso del INPC aplicable al mes de octubre, para el cual el IMSS utilizó el INPC de la segunda quincena de octubre, y no así INPC del mes de octubre, originando así, una actualización mayor a la que resultaría de utilizar los INPC publicados por el Banco de México, o sea, el procedimiento de Ley. El IMSS ha dado a conocer, a través de su página de Internet, que el INPC aplicable al mes de octubre de 2003 es 381.655, lo que representaría una inflación de 2.75% en lo que va del año, cuando la inflación acumulada hasta dicho mes ha sido de 2.68%. El INPC que se debería aplicar, en todo caso, sería 381.402, como se muestra en nuestra sección "Datos de Uso Frecuente / Indices" Fiscalia considera que una solución viable a esta problemática, y que evitará mayores problemas a los contribuyentes, es la emisión de una actualización del software SUA, que contenga la nueva base de INPC, y a partir de la cual se puedan ir actualizando los índices de acuerdo con las publicaciones que efectúe mensualmente en Banco de México; sin embargo, a más de un año de haberse presentado este cambio en el cálculo del INPC, el IMSS no ha dado una solución definitiva a esta situación. Los índices dados a conocer por el IMSS se pueden consultar en nuestra sección "Datos de Uso Frecuente / Indices".

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