Facilidad para no presentación del Listado IETU: ¿A partir de cuándo?

SAT responde algunas preguntas frecuentes sobre el decreto de facilidades

De acuerdo con el Decreto para la simplificación administrativa publicado el 30 de junio de 2010, quienes estén obligados a presentar el Listado del Impuesto Empresarial a Tasa Única (LIETU) de forma mensual y anual durante el ejercicio 2010, podrán presentar únicamente la información anual; sin embargo, no se precisa a partir de cuál mes es aplicable esta facilidad.

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