Ingresos distintos de los diversos capítulos de la LISR

Quedarán gravados para las personas físicas.

Una nueva reflexión conduce al Tribunal en Pleno de la SCJN a apartarse del criterio sostenido al resolver el amparo en revisión 351/97, en el cual consideró que el artículo 132 de la LISR vigente hasta el 31 de diciembre de 2001, violaba el principio de legalidad tributaria.

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