Contrato de servicios profesionales: Acreditamiento de su existencia

El contrato no requiere formalidad alguna.

Es factible que el contrato sea celebrado por escrito o verbalmente, lo que determina que pueda acreditarse su existencia por medio de pruebas distintas al contrato escrito, amplitud probatoria igualmente aplicable a la prestación de los servicios, sólo acotada por la naturaleza de éstos que determinará la idoneidad de las probanzas rendidas.

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