Bienes Exportados Temporalmente Retornados al Extranjero: Tasa 0%

Tratamiento del retorno al extranjero de bienes importados temporalmente que realicen las empresas maquiladoras y PITEX.

El retorno al extranjero de bienes importados temporalmente que realicen las empresas maquiladoras y PITEX, se considerarán exportaciones definitivas para efecto de aplicar la tasa 0% del IVA conforme al artículo 29, fracción I de la Ley del IVA. Esta aclaración continúa vigente en el texto de la Regla General de Comercio Exterior 5.2.3.

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