Embargo por buzón tributario: ¿Se vulnera la seguridad jurídica?

Tribunal considera constitucional procedimiento previsto en Artículo 151 Bis del CFF, al delimitar créditos y bienes sujetos a embargo.

El embargo de bienes mediante buzón tributario, previsto en el Artículo 151 Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF), no vulnera el derecho a la seguridad jurídica de los contribuyentes, de acuerdo con un criterio recientemente publicado por el Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito.

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