Emisiones de fuentes móviles dentro de instalaciones causan impuesto ecológico

El origen físico de la emisión no determina por sí mismo la sujeción al impuesto.

El alcance del impuesto por la emisión de gases a la atmósfera previsto en la Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas vuelve a ser objeto de interpretación judicial. Un criterio reciente sostiene que el gravamen comprende los gases de efecto invernadero emitidos desde las instalaciones de los sujetos obligados, aun cuando materialmente provengan de fuentes móviles ubicadas dentro de esas instalaciones.

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