CFDI y contabilidad no bastan para acreditar materialidad

La documentación formal debe vincularse con la ejecución real de la operación.

Los comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI), los registros contables y los papeles de trabajo no constituyen, por sí mismos, elementos suficientes para acreditar la materialidad de las operaciones cuando la autoridad fiscal ha actualizado la presunción prevista en el Artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF).

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