Materialidad: ¿Cuándo se considera suficientemente probada una operación?

Un criterio judicial define dos condiciones para desvirtuar la presunción del Artículo 69-B del CFF.

La acreditación de la materialidad de las operaciones constituye uno de los problemas más relevantes de la fiscalización contemporánea. Durante los últimos años, las controversias entre contribuyentes y autoridades fiscales se han concentrado, en buena medida, en determinar si los contratos, comprobantes fiscales, registros contables, transferencias bancarias y demás elementos aportados son suficientes para demostrar que las operaciones efectivamente ocurrieron; sin embargo, detrás de esta discusión documental existe una cuestión jurídica de mayor trascendencia: ¿cuándo puede considerarse suficientemente demostrada la existencia material de una operación?

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