- Fiscal
- septiembre 02, 2026
Helados y paletas al 16 % de IVA: ¿un criterio que congeló al Artículo 10-A?
El criterio que los considera alimentos preparados parece dejar de lado una excepción expresa del Reglamento de la Ley del IVA para los alimentos congelados.
Un criterio reciente sostiene que la enajenación de paletas y helados de yogurt se encuentra gravada a la tasa del 16 % del Impuesto al Valor Agregado, bajo la consideración de que se trata de alimentos preparados para su consumo inmediato.