Sin obligación contable, no puede exigirse acreditar la materialidad

La autoridad fiscal no puede aplicar presunciones sustentadas en registros contables inexistentes cuando el contribuyente no está obligado a llevar contabilidad.

En particular, cuando una presunción parte de la ausencia de registros contables, resulta indispensable que el contribuyente estuviera jurídicamente obligado a llevar dichos registros.

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