Exención del impuesto sobre nóminas a empleadores de trabajadoras del hogar

La diferencia de trato no viola la equidad tributaria.

Un Tribunal Colegiado de Circuito determinó que los empleadores de trabajadoras del hogar no son equiparables, para efectos tributarios, a las personas morales que mantienen relaciones laborales dentro de una estructura empresarial u organizacional. En consecuencia, concluyó que la exención del impuesto sobre nóminas prevista en el Artículo 157, fracción XV, del Código Fiscal de la Ciudad de México no vulnera el principio de equidad tributaria.

Acceso libre expirado

¡Lo sentimos! El período de acceso libre a la lectura de esta publicación ha terminado. Te invitamos a que te suscribas a Fiscalia y no te quedes sin acceso a esta útil información.