Valida SCJN el Fondo de Pensiones para el Bienestar

Determina Corte que la transferencia de recursos no reclamados no extingue la propiedad de las personas trabajadoras ni de sus beneficiarios.

El 12 de agosto de 2026, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resuelve la Acción de Inconstitucionalidad 116/2024, en la que analizó la constitucionalidad del decreto por el que se creó el Fondo de Pensiones para el Bienestar, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de 2024.

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