- Fiscal
- agosto 06, 2026
Retención de plataformas digitales: ¿Debo incluirla en mis facturas a clientes?
La retención debe documentarse por la plataforma y no incorporarse al CFDI individual o global emitido por el proveedor.
Las operaciones realizadas mediante plataformas digitales involucran, por lo menos, tres sujetos distintos: el contribuyente que enajena el bien, presta el servicio o concede el uso o goce temporal; el cliente o consumidor que adquiere ese bien o servicio; y la plataforma digital que interviene en la operación, procesa el cobro y, en determinados casos, efectúa retenciones fiscales.