Impugnación de crédito fiscal: ¿Suspende automáticamente su cobro?

La exigibilidad surge por la falta de pago o garantía, no por la firmeza de la resolución.

La impugnación de un crédito fiscal no impide, por sí sola, que la autoridad inicie su cobro. Conforme a un reciente criterio jurisdiccional, la exigibilidad no depende de que la resolución determinante haya quedado firme o de que un tribunal haya reconocido su validez, sino de que el crédito no haya sido pagado ni debidamente garantizado dentro del plazo legal.

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