- Fiscal
- julio 09, 2026
Amparo para efectos: no procede por formalismos si el fondo fue resuelto
La congruencia y exhaustividad se satisfacen cuando la sentencia atiende integralmente el problema jurídico, aunque no responda cada agravio de manera aislada.
Un criterio judicial reciente precisa el alcance de los principios de congruencia y exhaustividad en el juicio de amparo. La resolución sostiene que los órganos jurisdiccionales deben verificar si el estudio integral de los agravios se encuentra materialmente reflejado en las consideraciones del acto reclamado.