- Fiscal
- julio 06, 2026
CNBV flexibiliza garantías bancarias constituidas por terceros
Depósitos, efectivo y valores líquidos podrán respaldar créditos aun cuando sean aportados por una persona distinta al acreditado.
Con fecha 2 de julio de 2026 se publica en el Diario Oficial de la Federación la Resolución que modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito, en materia de características y condiciones que deben cumplir los depósitos bancarios de dinero, así como los valores y medios de pago fácilmente convertibles en efectivo.