Firma autógrafa y validez del documento de elección pensionaria

La huella digital no es requisito adicional cuando el trabajador reconoce su firma.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que la firma autógrafa reconocida por el trabajador al servicio del Estado en el documento de elección del régimen pensionario es jurídicamente idónea y suficiente para acreditar su voluntad, sin que sea necesario complementar dicha firma con la huella digital. El criterio deriva de la contradicción de criterios 134/2025, resuelta por el Pleno de la Corte el 15 de enero de 2026.

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