Incremento en el CUS en Zapopan: Naturaleza de impuesto

El cobro por mayor aprovechamiento urbanístico debe analizarse como impuesto sujeto a los principios constitucionales tributarios.

La naturaleza jurídica de una contribución no depende de la denominación que le dé el legislador, sino de sus elementos materiales. Bajo esta premisa, la llamada “contribución especial por incremento en el coeficiente de utilización del suelo” —CUS—, prevista en las Leyes de Ingresos del Municipio de Zapopan, Jalisco, para los ejercicios fiscales 2016 y 2019, debe considerarse un impuesto.

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