Distingue Corte entre derechos municipales y cobros de energía eléctrica

En temas de alumbrado público, la cuota válida depende del costo del servicio.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió las acciones de inconstitucionalidad 21/2026 y 26/2026, en las que analizó diversos esquemas municipales para el cobro del derecho por el servicio de alumbrado público. El criterio central consiste en que esta contribución puede ser constitucional si se calcula a partir del costo real del servicio prestado por el municipio, pero pierde validez cuando se determina con base en el consumo individual de energía eléctrica de los usuarios.

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