- Fiscal
- enero 26, 2026
La exigencia de “fecha cierta” en contratos privados celebrados en el extranjero
Para efectos fiscales en México.
En la práctica fiscal contemporánea es cada vez más frecuente que los contribuyentes celebren contratos privados en el extranjero para estructurar operaciones de financiamiento, prestación de servicios, licenciamiento de intangibles, reestructuras corporativas o transmisión de derechos. Posteriormente, dichos contratos se presentan ante la autoridad fiscal mexicana para justificar deducciones, acreditamientos, ingresos, pérdidas o estructuras de costos.