- Fiscal
- enero 20, 2026
Sentencias de la Corte mediante atracción son cosa juzgada: No hay revisión
No procede el recurso de revisión contra sentencias de antiguas Salas del propio tribunal.
El 19 de enero de 2026, la Suprema Corte de Justicia de la Nación dio a conocer el comunicado No. 011/2026, mediante el cual informa diversos criterios de relevancia constitucional y legal. Entre ellos, destaca de manera central la definición del alcance del principio de cosa juzgada respecto de las sentencias dictadas por la propia Corte al resolver juicios de amparo directo en ejercicio de su facultad de atracción.