SCJN valida la oposición de acreedores en fusiones de empresas

Permite a acreedores oponerse judicialmente a la fusión de empresas, entre otras cosas.

Suprema Corte de Justicia de la Nación dio a conocer, mediante el comunicado No. 004/2026, un criterio relevante en materia mercantil y constitucional, al confirmar la validez del Artículo 224 de la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM), que permite a las personas acreedoras oponerse judicialmente a la fusión de empresas y suspender temporalmente sus efectos mientras se resuelve dicha oposición.

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