Inmovilización de cuentas: Autorización de disposición no implica cotitularidad

Alcances frente a adeudos fiscales de terceros.

En la práctica fiscal es frecuente que, con motivo del ejercicio de facultades de cobro por parte de la autoridad, se ordene la inmovilización de cuentas bancarias en las que aparecen como autorizadas personas distintas del titular. Esta situación genera controversias cuando la inmovilización se justifica en adeudos fiscales de un tercero que únicamente cuenta con facultades de disposición sobre la cuenta, sin ser titular de la misma. El punto central consiste en determinar si la autorización para disponer de recursos implica, por sí misma, cotitularidad de la cuenta o copropiedad de los fondos depositados.

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