Procedencia del juicio de lesividad en el PAE

Procede en cualquier momento en que la autoridad acredite la existencia de un acto lesivo.

El procedimiento administrativo de ejecución (PAE) constituye una de las herramientas más relevantes con las que cuenta la autoridad fiscal para garantizar el cobro de los créditos fiscales. La legislación aplicable prevé, como regla general, que los actos dentro de dicho procedimiento no son susceptibles de impugnarse en forma autónoma, salvo en situaciones expresamente contempladas. No obstante, surge un análisis diferenciado cuando se trata del juicio de lesividad promovido por la autoridad, cuyo objeto es preservar el interés público y recuperar contribuciones omitidas.

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