Coeficiente de utilidad tras salida del RESICO: Riesgos y propuesta de solución

Cómo deberían tributar las personas morales en el año siguiente a su salida del régimen.

A partir del ejercicio fiscal 2022 entró en vigor el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para Personas Morales, regulado en el Capítulo XII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR). Este régimen fue diseñado para simplificar el cálculo del ISR de micro y pequeñas empresas, estableciendo que los pagos provisionales se determinen conforme a ingresos efectivamente percibidos menos deducciones efectivamente erogadas (Artículo 211 LISR), sin aplicar coeficiente de utilidad.

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