Suspensión contra el cobro de contribuciones y aprovechamientos

No es necesario que se exija al quejoso la exhibición del depósito del efectivo que corresponda, así como de las multas y accesorios que se lleguen a causar, pues ello implicaría que el interés se satisfaga doblemente, uno en el procedimiento administrativo de donde proviene el acto reclamado, y otro en el incidente de suspensión. Tesis aislada del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito, publicada en agosto de 2008.

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