Fecha del contrato con proveedor no acredita existencia del servicio

Materialidad de operaciones revisadas por la autoridad fiscal.

En el marco de las facultades de comprobación de la autoridad fiscal, previstas en las fracciones II y III del Artículo 42 del Código Fiscal de la Federación (CFF), el Servicio de Administración Tributaria (SAT) está autorizado para revisar la contabilidad de los contribuyentes y verificar la existencia material de las operaciones consignadas en los comprobantes fiscales y demás documentación exhibida durante la fiscalización.

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