- Fiscal
- julio 14, 2025
No se podrá solicitar de nuevo un saldo a favor negado si no se impugna antes

Restricción a nuevas solicitudes de devolución por vicios formales: un criterio que penaliza al contribuyente
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido recientemente que no es viable presentar una nueva solicitud de devolución de saldo a favor cuando la primera fue negada por cuestiones formales y no fue impugnada, al considerar que la resolución negativa constituye un acto definitivo. Esta postura, aunque se escuda en la salvaguarda del principio de Seguridad Jurídica, plantea serias afectaciones prácticas y financieras al contribuyente, particularmente en un entorno donde los procedimientos de devolución ya enfrentan demoras sistémicas.