Pagos a través de terceros ¿Cómo opera la retención de IVA?

Identificación del momento en que ocurren los flujos de la operación.

La utilización de terceros para efectuar pagos en nombre de una persona moral o física con actividad empresarial es una práctica común, especialmente en sectores donde la operativa exige la intervención de agentes, mandatarios o representantes legales. Esta figura, prevista en el Artículo 41 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), permite realizar deducciones cuando los pagos se efectúan a través de terceros, siempre que se cumplan ciertos requisitos formales y documentales.

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