La sustitución de deudor y su incidencia en la causación del IVA

Transmisión de deudas ¿Cuándo se considera causado el IVA?

Uno de los principios fundamentales del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en México es que este se causa en el momento en que las contraprestaciones son efectivamente cobradas o pagadas, dependiendo del tipo de operación y sujeto involucrado; sin embargo, en operaciones en las que un tercero asume la obligación de pago de una deuda, surge una incertidumbre jurídica respecto al momento en que se entiende efectivamente pagada la contraprestación y, por ende, causado el IVA. Esta situación ha sido abordada por el criterio interno 6/IVA/N del Servicio de Administración Tributaria (SAT), cuya interpretación, sin embargo, hoy entra en tensión con precedentes recientes emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

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