Requisitos para un segundo requerimiento en devoluciones fiscales

Cumplimiento total del primer requerimiento como condición indispensable para su procedencia.

En el contexto del procedimiento de devolución previsto en el Artículo 22, párrafo séptimo, del Código Fiscal de la Federación (CFF), se establece un marco normativo que delimita las facultades de la autoridad fiscal para formular requerimientos adicionales a los contribuyentes. Específicamente, se exige que, para la emisión de un segundo requerimiento, el contribuyente debe haber cumplido cabalmente con lo solicitado en el primero. Este artículo técnico analiza el alcance normativo, procedimental y jurisprudencial de esta exigencia, y sus implicaciones en la práctica administrativa del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Acceso libre expirado

¡Lo sentimos! El período de acceso libre a la lectura de esta publicación ha terminado. Te invitamos a que te suscribas a Fiscalia y no te quedes sin acceso a esta útil información.