IVA en museos: espectáculos públicos exentos y actividades gravadas

Tratamiento aplicable a los museos y sus implicaciones para el acreditamiento del impuesto.

Los museos, como instituciones culturales, desempeñan diversas funciones que pueden clasificarse fiscalmente en actividades exentas y actividades gravadas para efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Conforme al marco legal vigente en 2014, la Ley del IVA distinguía claramente entre la exención aplicable a la venta de boletos de acceso general a exhibiciones —considerada un espectáculo público— y otras actividades que, por su naturaleza, sí generan la obligación de causación del impuesto.

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