PTU no cobrada ¿Expido CFDI?

Cómo debe tratarse la comprobación de una percepción no cobrada.

La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) constituye un derecho laboral previsto en el Artículo 123, fracción IX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y desarrollado por los Artículos 117 a 131 de la Ley Federal del Trabajo (LFT). En lo relativo a la prescripción del derecho de cobro, el Artículo 516 de la LFT establece que las acciones laborales prescriben en un año, plazo que aplica también al cobro de la PTU, pero con distintos momentos de cómputo según el estatus laboral del trabajador:

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