El pagaré, por sí sólo, no demuestra existencia de contrato de mutuo

La abstracción del pagaré y su valor probatorio en controversias fiscales.

El sistema jurídico mexicano reconoce a los títulos de crédito como instrumentos fundamentales en el tráfico mercantil. Dentro de esta categoría se encuentran documentos como la letra de cambio, el cheque y el pagaré. Una característica jurídica esencial que distingue a estos instrumentos es su naturaleza causal o abstracta, según reflejen o no la relación jurídica subyacente que motivó su emisión. Esta distinción cobra particular relevancia en sede fiscal cuando se intenta acreditar la procedencia de depósitos o transferencias monetarias ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

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