El reconocimiento de la SHCP como víctima u ofendida

En los procedimientos penales por delitos fiscales.

El tratamiento jurídico de los delitos fiscales en México ha evolucionado con el propósito de fortalecer el Estado de Derecho y proteger el patrimonio público. En este contexto, la reforma al Artículo 92 del Código Fiscal de la Federación (CFF), publicada el 17 de junio de 2016, consolidó el reconocimiento de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) como víctima u ofendida dentro de los procedimientos penales por delitos fiscales. Este reconocimiento responde a la necesidad de proteger el interés público y garantizar la reparación del daño patrimonial causado al Estado, sin que ello implique un trato preferencial o una afectación al principio de igualdad procesal.

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