- Fiscal
- mayo 05, 2025
Declaración espontánea de RESICO debe evitar la baja del Régimen

Análisis jurídico a la luz del Artículo 113-I de la LISR y la Regla 3.13.34 de la RMF 2023.
El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para personas físicas, introducido como parte de la reforma fiscal de 2022, representa una apuesta del legislador mexicano por la simplificación administrativa y la promoción de la formalidad fiscal entre contribuyentes con ingresos reducidos. No obstante, este régimen simplificado también está sujeto a reglas claras y condiciones específicas para su permanencia, cuya omisión puede tener consecuencias relevantes. Uno de los aspectos críticos que ha generado interpretaciones en sede administrativa y judicial es la omisión o cumplimiento extemporáneo de la declaración anual. Por tanto, es importante analizar, desde una perspectiva normativa y jurisprudencial, la posibilidad de conservar el RESICO pese a haber presentado dicha declaración fuera del plazo legal, pero de forma espontánea.