El problema de los arrendadores PF al deducir intereses

El monto del interés real no se desglosa en el estado de cuenta.

De acuerdo con el Artículo 115 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, los contribuyentes personas físicas que obtengan ingresos por arrendamiento pueden deducir “los intereses reales pagados por préstamos utilizados para la compra, construcción o mejoras de los bienes inmuebles, siempre y cuando obtenga el comprobante fiscal correspondiente”.

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