Conflicto competencial en asuntos de seguridad social

Es inexistente entre un TLFAI y el TFJA.

Cuando se cuestiona la modificación de una pensión en la vía ordinaria, no hay conflicto competencial entre un Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales y el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. La Ley Federal del Trabajo y la Ley del Seguro Social establecen que los conflictos sobre seguridad social deben ser tramitados ante los tribunales laborales. Por lo tanto, si se demanda la modificación de una pensión ante un Tribunal Laboral, este tribunal debe conocer del caso, independientemente de una tesis de jurisprudencia que se aplica en otro contexto. La vía queda a discreción del demandante y no puede ser redirigida por el juzgador.

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